El Cuerpo de Bomberos de Balao es una institución pública con más de 17 años de servicio a la comunidad que fue constituida mediante Acuerdo Ministerial Nº 01008 de fecha 30 de marzo de 1999 expedido por el Ministerio de Bienestar Social por recomendación de la Contraloría General del Estado se ratifica la existencia y funcionamiento de los Cuerpos de Bomberos de la Provincia del Guayas, en el que se incluye nuestra Institución Bomberil.
El Cuerpo de Bomberos, fue una entidad adscrita a la Secretaría de Gestión de Riesgos, debido a que no se ha regulado lo contemplado en el cuarto acápite del artículo 140 del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización. COOTAD, señala en su último inciso lo siguiente: “La gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios, que de acuerdo con la Constitución corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales, se ejercerá con sujeción a la ley que reglamenta la materia. Para tal efecto, los cuerpos de bomberos del país serán considerados como entidades adscritas a los gobiernos autónomos descentralizados municipales, quienes trabajarán con autonomía administrativa y financiera, presupuestaria y operativa, observando la ley especial y normativa vigentes a las que estarán sujetos”.
Que, el artículo 18 de la Ley de Defensa Contra Incendios, establece que “Los primeros jefes de los Cuerpos de Bomberos serán nombrados por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, de la terna enviada por el respectivo Consejo de Administración y Disciplina, la que debe estar conformada por oficiales superiores en orden jerárquico”.
Que, en el Capítulo III artículo 16 de la Ley Orgánica del Servicio Público, “Para desempeñar un puesto público se requiere nombramiento o contrato legal expedido por la respectiva autoridad nominadora”, y en concordancia con la Sección 4a. Artículo 16 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Servicio Público “Entiéndase por nombrar el acto unilateral del poder público expedido por autoridad competente o autoridad nominadora mediante la expedición de un decreto, acuerdo, resolución, acta o acción de personal, que otorga capacidad para el ejercicio de un puesto en el servicio público”.
Que, Mediante Resolución Nº 0010-CNC-2014 publicada en el Registro Oficial N° 413 del 10 de enero del 2015, el Consejo Nacional de Competencias, resolvió expedir la regulación para el ejercicio de la competencia para gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios, a favor de los gobiernos autónomos descentralizados metropolitanos y municipales.
Que, en Sesiones Ordinarias el Concejo Cantonal de Balao aprobadas el 11 de marzo, y 23 de abril del 2014 en primero y segundo debate respectivamente la Ordenanza que Reglamenta el Funcionamiento del Cuerpo de Bomberos de Balao, provincia del Guayas.
Que, el Directorio del Cuerpo de Bomberos de Balao, en Sesión Ordinaria celebrada el día viernes, 13 de marzo de 2015, en el Primer Punto del Orden del Día: resuelto por unanimidad; Nombrar al Mayor (B) Julio Cesar Asencio Gómez Primer Jefe del Cuerpo de Bomberos de Balao. Por lo que se notificó al Tnte. Crnl. Ángel Pacheco Fárez, que ha sido sustituido en sus funciones de Primer Jefe.
Actualmente el CUERPO DE BOMBEROS DE BALAO, está conformado por personal Rentado que se encuentra bajo la dirección de su Primer Jefe, el Tnte. Crnl. (B) Julio César Asencio Gómez; cuenta con una infraestructura organizacional dotada de instalaciones funcionales. Unidades Administrativa, Financiera y Operativa, cuya misión es “salvar vidas a través de la atención efectiva de Emergencias y Gestión de Riesgos, sembrando una cultura de prevención y alerta temprana para seguridad y bienestar de la sociedad, con personal altamente calificado, eficiente y eficaz. ; con una infraestructura y equipos adecuados para brindar a la ciudadanía un servicio oportuno y de calidad."
Está compuesto en su público interno de la siguiente manera:
- Bomberos rentados operativos.
- Choferes operativos.
- Personal administrativo.
- Conserje.
El Cuerpo de Bomberos de Balao, además cuenta con el servicio de UN CARRO DE RESCATE Y DOS CARROS CISTERNAS (MOTOBOMBA) para optimizar su abnegada y valiente labor. El 10 de octubre de 1926 se declaró oficialmente "El Día del Bombero".