Base Legal
Matriz de competencias
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
Art. 264: Los gobiernos municipales deberán gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios.
LEY DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS
Art. 35:
Competencias de permisos anuales, previo a otorgar las patentes municipales, permisos de construcción y permisos de funcionamiento.
Art. 53:
Competencias de Visto Bueno de Planos.
CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD)
Art. 55:
Los GADS deberán gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios.
Art. 55:
Competencia de Gestión de Riesgos.
REGLAMENTO GENERAL A LA LEY DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS
Art. 10: Obligatoriedad de los Cuerpos de Bomberos de crear grupo asesor: Talento Humano, Prevención, Instrucción y Operación; Logístico.
CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD)
Art. 3:
Funciones de Seguridad Ciudadana, protección interna y orden público.
Art. 218:
Naturaleza de las entidades complementarias de seguridad.
Art. 274:
Naturaleza de los Cuerpos de Bomberos.
Art. 276:
Funciones de los Cuerpos de Bomberos.
REGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
Reglas Técnicas en materia de prevención de incendios en el Ordenamiento Metropolitano