Base legal

Base Legal

Matriz de competencias

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

Art. 264: Los gobiernos municipales deberán gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios.

LEY DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS

Art. 35: Competencias de permisos anuales, previo a otorgar las patentes municipales, permisos de construcción y permisos de funcionamiento.
Art. 53: Competencias de Visto Bueno de Planos.

CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD)

Art. 55: Los GADS deberán gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios.
Art. 55: Competencia de Gestión de Riesgos.

REGLAMENTO GENERAL A LA LEY DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS

Art. 10: Obligatoriedad de los Cuerpos de Bomberos de crear grupo asesor: Talento Humano, Prevención, Instrucción y Operación; Logístico.

CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD)

Art. 3: Funciones de Seguridad Ciudadana, protección interna y orden público.
Art. 218: Naturaleza de las entidades complementarias de seguridad.
Art. 274: Naturaleza de los Cuerpos de Bomberos.
Art. 276: Funciones de los Cuerpos de Bomberos.

REGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Reglas Técnicas en materia de prevención de incendios en el Ordenamiento Metropolitano